Disposición 04/2023 – Trazabilidad de Aparejos de Pesca

Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera

Fecha de Publicación en el B.O: 09 de mayo de 2023

El 09 de mayo del corriente año se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Disposición 04/2023, la cual establece que toda firma armadora de buque pesquero arrastrero de bandera argentina que opere en aguas de la Zona Económica Exclusiva Argentina, en la Plataforma Continental Argentina (a partir de las doce millas), o en las áreas adyacentes a la Zona Económica Exclusiva, deberán, antes de zarpar, dejar constancia a través del “Acta de Comprobación” los aparejos de pesca embarcados. En caso de no identificar adecuadamente los mismos, los armaderos de buques arrastreros serán pasibles de las sanciones tales como apercibimiento, multa, suspensión la inscripción en los registros, cancelación de la inscripción señalada, entre otras.

Asimismo, estipula que, en caso de pérdida o abandono de artes de pesca, los buques deberán informar dicha situación en el denominado “Parte de Pesca Electrónico”, y, ante el hallazgo de un aparejo de pesca (o un componente de éste) perdido, abandonado o descartado sin identificar, la máxima autoridad del buque procurará su recuperación y traslado a tierra para su posterior reutilización, reciclado o disposición final. Dicha operatoria deberá declararse en el Parte de Pesca Electrónico.

Por último, la disposición establece un plazo de un año contado a partir del 09/05/2023 para dar cumplimiento a las nuevas obligaciones, e invita a las provincias de Buenos Aires, Rio Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, y Chubut a adoptar medidas similares para los buques que operen en su jurisdicción.

Artículos Relacionados

CONTACTO

BUENOS AIRES

O'Higgins 4380
Nuñez, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires
+549 11 6257-2001
+549 11 6866 5189
info@estudiocastelli.com

PUERTO MADRYN

Albarracin 375, Puerto Madryn, Chubut
+54 92804 190441

ZÁRATE

San Martín 450, Planta Baja
+54 03487 438905