Resolución 102/2022 – Régimen de Fiscalización y Control

Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo

Fecha de Publicación en el B.O: 9/6/2022

El 9 de junio del 2022 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución 102/2022, que incorpora al artículo 44 de la Resolución 12/2019 el inciso “y”, por medio del cual se establece que la verificación de utilización de agua para dilución o la constatación de una instalación adaptada para diluir, a efectos de disminuir la concentración de los parámetros de calidad del vertido de efluentes líquidos, será sancionada con multa para cuyo cálculo se aplicará un Coeficiente de Tipo de Infracción (CTI): TRECE (13). La fórmula para realizar el cálculo es: MULTA = URRMACUMAR*20. La misma toma el valor de la Unidad Retributiva (UR), el valor de Reincidencia cuando corresponda (R), y el módulo ACUMAR (MACUMAR), que para estos casos es el Coeficiente de tipo de Infracción.

Asimismo, modifica el inciso “i” del artículo 3 de la resolución mencionada, al agregar como facultad de los inspectores la posibilidad de llevar adelante la imputación de la nueva infracción mencionada.


Por último, modifica el artículo 50 de la Resolución 12/19 al agregar la nueva infracción al listado de las transgresiones que, en caso de corresponder, los inspectores deberán constatar en el Acta de Fiscalización.

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