Secretaría de Energía
Fecha de Publicación en el B.O: 01/11/2023
El día 1 de noviembre del corriente año se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución 883/2023 (de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía) la cual establece la posibilidad de compensar las penalidades impuestas por COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (“CAMMESA”) a aquellos Proyectos de Generación de Energía Eléctrica a través de Fuentes Renovables que registraren incumplimientos de la Fecha Programada de Habilitación Comercial y/o Deficiencia de Abastecimiento de Energía Comprometida y/o deficiencia en el cumplimiento del Componente Nacional Declarado (CND), mediante nuevas inversiones destinadas a la efectiva incorporación de nueva potencia de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
Los titulares de los Proyectos que soliciten la compensación de las multas tendrán un plazo de 36 meses para la instalación de nueva potencia renovable, contados a partir de la suscripción del instrumento que formalice el acuerdo con la CAMMESA. Durante dicho plazo, CAMMESA deberá suspender el cobro de las penalidades impuestas.
Asimismo, los titulares de los Proyectos establecerán el porcentaje de la penalidad a compensar mediante la inversión en la instalación de nueva potencia renovable, y la ubicación geográfica y/o la tecnología de la instalación de nueva potencia podrá no coincidir con la del parque generador que registre la penalidad.
En caso de que el Proyecto no cumpla con la inversión propuesta, una vez transcurridos los 36 meses, se aplicará un interés adicional del 10% sobre el monto remanente de la penalidad que el Proyecto registre al realizar la solicitud.
Los titulares de los Proyectos tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre de 2023 para adherir a este régimen.